Tipo de organización Pública estatal
- Flujograma: Se recibe la llamada a Tel-Mujer para que posteriormente se agende una cita o se puede llegar directamente a las instalaciones del IQM, ahí se realiza el primer contacto con una entrevista inicial, y posteriormente se da la atención psicológica (consiste en terapia breve, 20 citas aproximadamente) y asesoría legal (no hay representatividad, sólo asesoramiento). En caso de violencia severa y escasas redes de apoyo, se encuentra el Refugio de Mujeres Maltratadas o se realiza la canalización correspondiente a otras instituciones especializadas.
- Derivaciones: Hay canalizaciones a otras instituciones en caso de ser necesario, sobretodo se trabaja con CESAM, DIF, MP y juzgados.
- Vinculación con otros programas o instituciones:Pertenece a INMUJERES
- En caso de mal servicio, contactar: A la entrada del mismo IQM hay un buzón de quejas, también al terminar la entrevista inicial se les pide a las mujeres que hagan una evaluación del servicio.
Información extra
La encargada de la Atención Externa y del Refugio es Lic. Kareen Giselle Santillán Prado. Hay una normatividad al interior del Refugio, consiste en que durante la estancia (máximo 3 meses) no hay celular, no manejan dinero, hay roles de limpieza por cubrir entre todas, horarios fijos, las visitas son contadas de preferencia no más de 3 en todo el período, la protección en el Refugio es para mujeres e hijas (os) en el caso de los varones la edad máxima para ingresar es de 13 años, la entrada al Refugio es en caso de que la mujer tenga un caso de violencia severa donde esté en peligro su vida y la de sus hijas (os), y tampoco cuente con redes de apoyo, la decisión para el ingreso es por parte de un equipo conformado por la trabajadora social, una abogada, una psicóloga, y la Coordinadora del Refugio. Esta estancia puede ser interrumpida en el momento en el que la mujer así lo desee. La capacidad máxima para el Refugio es de 15 familias.
Normatividad por la cual se rige:
El Instituto Queretano de la Mujer se encuentra sustentado en el siguiente marco jurídico-normativo:
- Federal
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Adoptada, abierta a la firma y ratificación o adhesión, por la Asamblea General de la ONU bajo la resolución 34/180; ratificada el 23 de marzo de 1981 y vigente en México desde el 3 de septiembre de 1981, de conformidad con el Artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 1981.
- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará). Adoptada y abierta a firma, ratificación y adhesión en Belém Do Pará, Brasil el 09 de junio de 1994 en el XXIV período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, ratificada por México el 12 de noviembre de 1998 cuyo Decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 1999.
- Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público.
- Ley del Instituto Nacional de la Juventud.
- Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.
- Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
- Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
- Ley de los Derechos del Adulto Mayor.
- Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
- Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
- Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
- Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
- Ley Federal del Trabajo.
- Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
- Ley General de Desarrollo Social.
- Ley General de Educación.
- Ley General de Salud.
- Ley General de Personas con Discapacidad.
- Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
- Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
- Reglamento para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
- Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
- Lineamientos de las Comisiones del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
- Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar
la Violencia contra las Mujeres. publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2009.
- Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión de Política Gubernamental en Materia de Derechos Humanos, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 11 de marzo de 2003.
- Plan Nacional de Desarrollo.
- Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (PROIGUALDAD).
- Programa Nacional de Derechos Humanos 2008 – 2012. Estatal
- Constitución Política del Estado de Querétaro.
- Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro.
- Ley Estatal de Acceso a la Información Gubernamental en el Estado de Querétaro.
- Ley Electoral del Estado de Querétaro.
- Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
- Ley de Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Querétaro.
- Ley de Derechos Humanos del Estado de Querétaro.
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